miércoles 02 de julio de 2025 - Edición Nº3208
Critica Sur » Sociedad » 1 ago 2020

coronavirus

Por un rebrote, Río Gallegos vuelve a una cuarentena estricta hasta el 16 de agosto

Por decreto, la gobernadora Alicia Kirchner dispuso una nueva cuarentena estricta en Río Gallegos, tras un rebrote de contagios surgido a mediados de julio. La medida, que rige desde la medianoche de este sábado, se extenderá hasta el próximo 16 de agosto.


La gobernadora de Santa Cruz, Alicia Kirchner, rubricó ayer el decreto que dispone el “aislamiento social preventivo y obligatorio” para la ciudad de Río Gallegos y zonas aledañas desde la medianoche de este sábado y hasta el próximo 16 de este mes.

La medida fue adoptada a raíz de un "brote por conglomerado detectado en la ciudad de Río Gallegos a partir del día 15 de julio", por lo que se restringe "la circulación de personas en la localidad, y disponiendo la restricción del funcionamiento de las actividades económicas, comerciales, industriales y de servicios, con el fin de evitar situaciones que puedan favorecer la propagación del virus en el ámbito local".

Asimismo, el drecreto indica que "las medidas de distanciamiento social para tener impacto deben ser sostenidas, e implican la responsabilidad individual y colectiva, para lograr el objetivo de disminuir la transmisión del virus y mantener la capacidad de respuesta del sistema de salud provincial".

"Si bien las prohibiciones impuestas lograron un impacto favorable reduciendo la curva de contagios, resulta indispensable profundizar las medidas ya adoptadas con la finalidad de contener de manera efectiva el brote detectado”, agrega el decreto.

La cuarentena establece que "deberán abstenerse de concurrir a sus lugares de trabajo y no podrán desplazarse por calles y espacios públicos, todo ello con el fin de prevenir la circulación y el contagio del virus COVID-19 y la consiguiente afectación a la salud pública y los demás derechos subjetivos derivados, tales como la vida y la integridad física de las personas".

"Se establece la continuidad del funcionamiento de las actividades críticas o esenciales y servicios consignados en el artículo 12 del DNU Nº 605/20 y/o el que en lo sucesivo lo reemplace, como así también el personal afectado a las obras privadas, conforme los protocolos sanitarios aprobados por el Ministerio de Salud de la Provincia", indica el texto de la normativa.

En cuanto al funcionamiento de supermercados mayoristas y minoristas, autoservicios, comercios de cercanía de productos alimenticios y farmacias será en horario corrido desde las 10 hasta las 17 horas, debiendo cumplimentar estrictamente los protocolos sanitarios aprobados por el Ministerio de Salud y Ambiente de la Provincia; quedando exceptuadas del horario establecido las estaciones de servicio para expendio de combustible así como farmacias de turno, los que prestarán servicios en sus horarios habituales.

Además, se indica que el servicio de delivery de comidas elaboradas podrá extender su horario de funcionamiento hasta las 22 horas.

A efectos de realizar las salidas autorizadas las personas deberán circular en el ámbito de la ciudad de Río Gallegos y zonas de influencia desde las 10 horas hasta las 17 horas de acuerdo a la terminación del número de Documento Nacional de Identidad conforme la siguiente modalidad: Los días lunes, miércoles, viernes documentos terminados en cero y números pares; Los días martes, jueves y sábados, documentos terminados en números impares. Respecto del día domingo 9/8 deberán circular las personas cuyo documento terminen en número cero (0) y par y el día 16/8 las personas cuyo documento termine en número impar.

"Es importante destacar que quedan exceptuadas de la medida aquí dispuesta todas aquellas personas que efectúen tareas o presten servicios considerados esenciales o críticos o servicios autorizados", cierra el decreto.

Durante la medida se prohiben en su totalidad:

1. Dictado de clases presenciales en todos los niveles y todas las modalidades.
2. Eventos públicos y privados: sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y de cualquier otra índole que impliquen la concurrencia de personas.
3. Centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público o privado que implique la concurrencia de personas.
4. Servicio de transporte público urbano.
5. Turismo.
6. Reuniones familiares y/o sociales.

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