domingo 16 de junio de 2024 - Edición Nº2827
Critica Sur » Provincia » 19 sep 2018

CRISIS EN LA INDUSTRIA

Inconstitucionalidad de los PPD: “No debería surgir un fallo porque esos contratos están contemplados por la Ley” dijo Linares

El secretario Adjunto de la UOM Río Grande se expresó en contra del planteo de “inconstitucionalidad” de los contratos PPD en las fábricas, realizado en la justicia por un grupo de trabajadores. “El problema no es el tipo de contratación, el problema es la caída de las producciones”, afirmó.


Un grupo de trabajadores impulsa la medida judicial presentada en el Juzgado Laboral de Río Grande. La medida tuvo el dictamen favorable de un fiscal al considerar que estos contratos, que emplean en forma abusiva a 2 mil fueguinos, son “violatorios de derechos”.

Por primera vez desde que fueron creados en 2010 por el acuerdo UOM- AFARTE, homologado por el Ministerio de Trabajo de la Nación; los contratos PPD (Prestación Permanente Discontinua), son objetados ante la Justicia.

Sin embargo, para el secretario Adjunto de la Unión Obrera Metalúrgica (UOM) Río Grande, Marcos Linares, la medida no solo no se trataría de un planteo válido, sino que además podría tener un efecto negativo a la hora de que las empresas decidan contratar nuevos trabajadores.

No debiera surgir ese fallo porque esos contratos están contemplados dentro de la Ley, más allá de lo que ha dicho algún funcionario intentando llevar algún tipo de situación hacia algún lado, no debiera suceder de esta manera”, afirmó Linares esta mañana en declaraciones a Radio Nacional Ushuaia.

En este orden señaló que “el planteo lo hago desde que nosotros lo hemos estado evaluando y no debiera surgir esto producto de que están contemplados dentro de la Ley estos contratos”.

El dirigente remarcó que “es muy posible que esta situación en la justicia haga que los empresarios piensen de ahora más dos veces antes de contratar bajo esta modalidad. No puedo responder por el sector empresario, pero posiblemente se inclinen hacia ese tipo de decisiones”.

Linares expresó que el trabajador PPD “es un trabajador mal denominado efectivo, es un trabajador por tiempo indeterminado con la particularidad de que la prestación puede ser de cuatro meses al año en tanto y en cuanto no existan producciones, que años anteriores venían trabajando prácticamente todo el año en casi todas las empresas”.

Actualmente en Río Grande son alrededor de 700 trabajadores contratados bajo esa modalidad, sin embargo para Linares “el problema no es el tipo de contratación, sino que el problema es la caída de las producciones”.

“Más allá de esto, si surgiera es algo que tendríamos que ver y evaluar cómo resolvemos, pero que hoy la situación hoy no es de complicación solo hacia un sector de los trabajadores que son los PPD, hoy hay una situación de recesión muy importante en el país que ha generado prácticamente que se destruya el consumo en cualquiera de sus productos, más aun los que se fabrican en Tierra del Fuego, que se fabrican y no se ensamblan como algún mercenario mediático ha salido a decir otra vez intentando llevar agua para el molino de algún sector de la importación”, destacó el gremialista.

Asimismo sostuvo que “estamos en una situación muy compleja y de incertidumbre en cuanto a la economía a nivel nacional, y esto podría llegar a generar un panorama complicado no solo para los trabajadores PPD sino también para la industria en su conjunto”.

“En el caso de Río Grande tenemos al menos cinco empresas con acuerdos de suspensión, entendemos que en el sector textil de las doce empresas once están con situaciones similares”, añadió.

Y cerró: “La producción nacional ha caído un 40% teniendo en cuenta que no hay consumo, ya que los trabajadores muy difícilmente están pudiendo llegar a fin de mes, a pagar las tarifas y poder comer”.

El planteo de los trabajadores

La presentación fue realizada semanas atrás por un grupo de trabajadores PPD de la empresa BGH, ingresando un pedido de declaración de certeza ante el Juzgado Laboral de Primera Instancia del Distrito Judicial Norte.

El objetivo de la presentación es solicitar a la Justicia una “declaración de certeza” o pronunciamiento respecto a la constitucionalidad de este tipo de contratos, acordados en 2010 por la Unión Obrera Metalúrgica con la asociación de industriales, AFARTE, a fin de permitir este tipo de relación laboral en que la patronal solo tiene la obligación mínima de emplear a los trabajadores, al menos, 4 meses al año, sin indemnización ni otra obligación a futuro.

La medida busca regularizar la situación laboral de los trabajadores, y tras la presentación se corrió vista a la fiscalía de turno, obteniéndose un histórico dictamen de parte del fiscal, el Dr. Pablo Candela, quien consideró; “claramente la reglamentación 620 del 2010 avasalla el espíritu del artículo 14 de la Constitución Nacional el cual consagra que el trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador, entre otras cosas; condiciones dignas y equitativas, protección a los despidos arbitrarios, ello a fin de preservar al trabajador, quien forzado a una situación social y económica, suprima o reduzca los derechos previstos en las normas legales, tal como el caso de marras”, expresa el dictamen fiscal.

 

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