lunes 11 de mayo de 2026 - Edición Nº3521
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política

Reforma de la Constitución: "Jurídicamente no se puede derogar una ley que ya se cumplió”

Así lo sostuvo el abogado de Río Grande, Francisco ‘Paco’ Giménez, sobre el proyecto aprobado por la Legislatura derogando la Ley 1529 que establece la reforma parcial de la Constitución de Tierra del Fuego. En ese sentido, para el letrado “es imposible derogar una ley que ya cumplió sus efectos”.


Por:
Redacción Crítica Sur

El abogado Francisco ‘Paco’ Giménez consideró que la Legislatura no tiene potestad para derogar la Ley 1529 que propone la reforma parcial de la Constitución de Tierra del Fuego, entendiendo que “estoy convencido que es imposible derogar una ley que ya cumplió sus efectos”. 

En ese sentido, el letrado de Río Grande explicó que “si analizamos la ley 1529, el artículo 1 declara la necesidad de reforma, y si mal no recuerdo el artículo cuarto es que fija el plazo de 210 días al Gobernador para convocar a elecciones mediante un decreto”, recordando que “a su vez hay un fallo firme que así lo establece, por lo que el proceso preconstituyente ya está en marcha y la ley está cumplida”.

“Jurídicamente, sin hacer ningún tipo de consideración política sobre la conveniencia o si es el momento o no de encarar una reforma, no se puede derogar una ley que ya se cumplió”, dijo en diálogo con FM Masters de Ushuaia, asegurando que “no tienen competencia ni la Legislatura ni el Poder Ejecutivo para dar marcha atrás con el proceso electoral, sobre todo ahora que entra en competencia de una jueza electoral que tiene que definir el cronograma”.

Giménez adelantó que si la derogación es vetada por el Gobierno “entre que lo trate la Legislatura y la Jueza Electoral defina el cronograma electoral, los partidos políticos tienen que ir cumpliendo ese proceso y ahí van a entrar en una contradicción insalvable entre que votan la derogación y, su vez, van paralelamente cumpliendo con el cronograma electoral”.

“Supongamos que esta situación se judicialice nuevamente, se ratifique y haya partidos políticos que cumplieron el programa electoral presentando sus boletas, sus candidatos, etcétera, y otros no, entonces tendremos una situación inédita que no se ha dado en ningún lugar, pero en Tierra del Fuego parece que innovamos constantemente”, resaltó.

Para el letrado “estoy convencido que no se puede derogar una ley que ya se cumplió, porque no podemos volver el tiempo para atrás”, considerando que a partir de ahora “deberá resolver la situación la Jueza Electoral, que es la única soberana para definir todas estas cuestiones”.

“Interpreto que no hay competencia originaria del Superior Tribunal de Justicia y que ante un planteo que haga algún partido político de que la ley fue derogada, será la propia Jueza Electoral la que deberá declarar su validez; su invalidez o su aplicabilidad o no”, señaló.

Para Giménez “el partido del Gobernador va a ser el primero que presente su candidato, siendo coherente con su posición”, señalando que “hoy el procedimiento de convocatoria a constituyente es válido y está vigente”.

“Seguramente el Gobernador se tomará hasta el último día y la última hora para vetar (la ley de derogación) y después se deberá juntar la Legislatura para ver si tiene los votos para insistir, que estimo que sí, pero será la Jueza Electoral quien resuelva ante el planteo de algún partido político”, agregó. 

Por último, para el letrado “si la Legislatura se hubiese adelantado a la firma del decreto del Gobernador, les diría que la ley está derogada porque no fue cumplida a tiempo, pero hoy con el decreto de convocatoria la Ley está absolutamente cumplida”.

“Creo que se durmió la Legislatura y debería haber sancionado esta ley antes que el Gobernador convoque a elecciones, porque ahí sí estaban a tiempo. La Legislatura puede derogar leyes que están vigentes o que están pendientes de cumplimiento, pero no puede derogar leyes cumplidas”, opinó.

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