lunes 24 de junio de 2024 - Edición Nº2835
Critica Sur » Sociedad » 17 abr 2017

Sancionan a Aerolíneas Argentinas por no anticipar la cancelación de un vuelo

La secretaría de Comercio de la Provincia intervino en el caso de un pasajero que denunció la cancelación de un vuelo sin que la firma brindara con “la debida antelación la información cierta y detallada” de esa medida.


La Secretaría de Comercio de la Provincia, aplicó –según indorma hoy el portal Reporte Austral- la sanción de multa de más de 7 mil pesos a Aerolíneas Argentinas, por violación a la ley de Defensa al Consumidor.

La medida se adoptó en relación a la obligación de informar, luego que un pasajero denunciara la cancelación de un vuelo sin que desde la firma brindara con “la debida antelación la información cierta y detallada” de esa medida.

El incidente ocurrió en Ushuaia data del año 2014, cuando un pasajero, que había contratado un viaje al exterior, recién cuando llegó al aeropuerto le fue informado sobre la cancelación del vuelo, provocando la “pérdida del vuelo internacional, debiendo abonar todos los gastos ocasionados por cambio de pasaje de segunda línea”, indica la resolución.

El pasajero realizó la presentación ante la oficina de Defensa al Consumidor y luego de haber fracasado una audiencia de conciliación, el organismo provincial siguió adelante con la aplicación de la ley, imputando a Aerolíneas Argentinas la presunta infracción de los artículos 4° y 10° bis de la ley nacional 24.240. Sin embargo, la denunciada interpuso una excepción de incompetencia de la Secretaría de Comercio.

Finalmente, tras un dictamen de la asesoría legal, se llegó a la conclusión que respecto a la “cancelación de vuelos” rige la regulación especial del Código Aeronáutico, siendo el organismo competente la Administración Nacional de Aviación (ANAC); sin embargo, el organismo provincial avanzó respecto al deber de informar que tenía la empresa, sobre esa cancelación.

De esta manera la Secretaría de Comercio aplicó la ley provincial 962, artículo 40, respecto a las sanciones previstas a empresas infractoras de la Ley de Defensa al Consumidor, estableciendo multas que van de uno a 40 mil Coeficientes Económicos Aplicables (CEA), cuyo valor equivale al precio de 20 litros de nafta de 95 octanos, por unidad.

En el caso de la infracción cometida por la empresa Aerolíneas Argentinas, la Secretaría de Comercio procedió a aplicar 30 CEA, lo cual equivale a la suma de 7.686 pesos, la cual será actualizada al momento que la empresa se vea obligada a pagar la misma, ya que tiene la posibilidad de recurrir la multa en sede judicial.

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