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¿En qué orden se deben ubicar las autoridades en actos oficiales?: el nuevo proyecto de la Legislatura
Se trata de un proyecto de ley presentado por la UCR que propone establecer la precedencia protocolar en los actos, recepciones y ceremonias. Esto es: en qué orden se deben ubicar las autoridades.
Redacción Crítica Sur
Legisladores de la UCR fueguina presentaron un proyecto de ley para regular la precedencia protocolar en actos, recepciones y ceremonias que se realicen en Tierra del Fuego.
El orden de precedencia se refiere al orden que asigna el protocolo a las autoridades, organismos o instituciones en actos oficiales, bajo la idea de precedencia, es decir, qué persona u organismo es prioritario sobre otro.
De acuerdo al proyecto presentado por Federico Sciurano y Liliana Martínez Allende, el ceremonial "se centra en la organización de todos los aspectos y formas concernientes a un acto o ceremonia (público o privado) y establece pautas de comportamiento y trato de quienes deberán actuar basándose en los usos y costumbres, legislación vigente y sentido común".
Para el bloque legislativo de la UCR, la inicitiva permitirá "entender la organización, realización de actos y reuniones oficiales protocolares, y ofrecer lineamientos básicos de la precedencia protocolar, destinados a organismos públicos, a establecimientos educativos de la Provincia y las personas físicas y/o jurídicas en actos oficiales y no oficiales, con el fin de cumplir con la norma para el uso y tratamiento de los símbolos patrios, imagen y relaciones públicas".
A nivel nacional, para regular la precedencia protocolar se encuentra vigente el Decreto N° 2072/93 y en Tierra del Fuego el Decreto 3565/06, aunque desde la UCR consideran "apropiado contar con una norma que establezca las pautas y/el orden".
"Es menester aclarar, que este proyecto cuenta con el asesoramiento de profesionales especialistas en la materia, tanto del orden nacional como provincial a fin de dar una completa cobertura a todos los aspectos vinculados en el mismo. En este sentido, tuvimos el privilegio de contar con la contribución del profesor Aníbal Gotelli, máximo referente protocolar argentino, presidente de CIDEC Argentina, fue jefe de Protocolo de la Presidencia de la Nación, director General de Ceremonial y de Relaciones Internacionales del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, jefe de Ceremonial del Ministerio de Cultura de la Nación, entre otros cargos", destaca por último el proyecto.
Si la normativa es aprobada, todos los actos, recepciones y ceremonias de carácter público y oficial que se celebren dentro del ámbito de la provincia, sin la presencia del/la Señor/a Presidente de la Nación, se regirá por el siguiente orden de Precedencia Protocolar:
1. GOBERNADOR/A
2. VICEGOBERNADOR/A Y PRESIDENTE DEL PODER LEGISLATIVO
3. PRESIDENTE DEL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
4. SENADORES Y SENADORAS NACIONALES
5. DIPUTADOS Y DIPUTADAS NACIONALES
6. VICEPRESIDENTE 1° DEL PODER LEGISLATIVO
7. INTENDENTE DE LA CIUDAD ANFITRIONA
8. VICEPRESIDENTE 2° DEL PODER LEGISLATIVO
9. JUECES DEL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
10. LEGISLADORES Y LEGISLADORAS PROVINCIALES
11. COMANDANTE DEL ÁREA NAVAL AUSTRAL
12. MINISTROS Y SECRETARIOS DE ESTADO DEL PODER EJECUTIVO PROVINCIAL
13. INTENDENTES INVITADOS (POR ORDEN DE CREACIÓN DE SUS MUNICIPIOS)
14. PRESIDENTE DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
15. FISCAL DE ESTADO
16. PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS
17. JUECES FEDERALES Y REPRESENTANTES DEL MINISTERIO PUBLICO FISCAL
18. EX GOBERNADORES CONTISTUCIONALES
19. OBISPO DE LA DIOECESIS DE SANTA CRUZ Y TIERRA DEL FUEGO
20. CÓNSULES ACREDITADOS EN LA PROVINCIA
21. PRESIDENTE DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD ANFITRIONA
22. FISCAL Y DEFENSOR ANTE EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
23. RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE TIERRA DEL FUEGO
24. PRESIDENTE DE LOS CONCEJOS DELIBERANTES INVITADOS
25. PRESIDENTE DE LA CÁMARA DE APELACIONES /PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE JUICIO
26. SECRETARIOS DE LOS MINISTERIOS PROVINCIALES
27. SUBSECRETARIOS DEL PODER EJECUTIVO PROVINCIAL
28. JEFE DE LA POLICÍA PROVINCIAL
29. ESCRIBANO GENERAL DE GOBIERNO
30. CONCEJALES
31. SECRETARIOS DE LA CÁMARA LEGISLATIVA
32. SECRETARIOS MUNICIPALES
33. JEFE DE LA BASE NAVAL USHUAIA/ REPRESENTANTE DE LA FUERZA AÉREA
34. JEFE DEL ESCUADRÓN DE GENDARMERÍA NACIONAL
35. JEFE DEL PREFECTURA NAVAL USHUAIA
36. JEFE DE LA UNIDAD OPERACIONAL DE LA POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA
37. DELEGADO DE LA POLICÍA FEDERAL ARGENTINA
38. CÓNSULES Y AGENTES CONSULARES HONORARIOS
39. PRESIDENTE DEL BANCO DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO
40. PRESIDENTE DE ENTES AUTÁRQUICOS PROVINCIALES
41. DELEGADOS DE LOS ENTES NACIONALES
42. REPRESENTANTES DE CÁMARAS EMPRESARIALES, PRESIDENTES DE COLEGIOS PROFESIONALES.
43. REPRESENTANTES DE ORGANISMOS NO GUBERNAMENTALES Y/O INSTITUCIONES DE LA COMUNIDAD.