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Critica Sur » Provincia » 16 mar 2020

en sintonía con lo dispuesto por nación

Coronavirus: por incumplir la cuarentena rige una pena de hasta dos años de prisión

A partir de las nuevas medidas anunciadas por el gobernador Gustavo Melella, Tierra del Fuego adhiere a las penalidades establecidas por un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) firmado por el presidente Alberto Fernández. Según los códigos 205 y 239 del Código Penal, quienes violen el aislamiento podrán ser denunciados y podrían recibir hasta dos años de prisión.


Por:
Redacción Crítica Sur

De acuerdo al "Protocolo de Cuarentena" decretado para Tierra del Fuego, el incumplimiento de las distintas medidas anunciadas este lunes por el gobernador Gustavo Melella "hará pasible a quien las quebrantare de las disposiciones contempladas en los artículos 205 y 239 del Código Penal de la Nación".

¿Qué penas establecen estos artículos 205 y 239 del Código Penal?

El artículo 239 establece que “será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal".

La otra figura legal mencionada en el "Protocolo de Cuarentena" es el artículo 205 (delitos contra la salud pública) dice que “será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia".

Según publicó Infobae el pasado 12 de marzo, el presidente Alberto Fernández dictó un Decreto de Necesidad y Urgencia en el que establece una serie de medidas para evitar la propagación del coronavirus.

Entre ellas figura la obligatoriedad de permanecer aislados durante 14 días para aquellas personas que presenten síntomas de la enfermedad o que hayan ingresado a la Argentina provenientes de los países más afectados por la enfermedad.

 

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