SALUD PÚBLICA
Freites impulsa un proyecto de ley para crear un fondo provincial de trasplantes
La propuesta de la legisladora Andrea Freites busca "universalizar la cobertura de acceso a prácticas trasplantológicas", priorizando "a la población sin cobertura formal en las diversas etapas de pretrasplantes".
La Comisión de Salud Pública (5), que preside la legisladora Liliana Martínez Allende (UCR–Cambiemos), abordará varios asuntos que tienen actualmente estado parlamentario.
Entre ellos, un proyecto de la legisladora Andrea Freites que propone la creación de Fondo TDF de Trasplantes (FoTDFT), destinado a “universalizar la cobertura de acceso a prácticas trasplantológicas jerarquizando a la población sin cobertura formal”.
El asunto, registrado bajo el N° 379/18, busca “universalizar la cobertura de acceso a prácticas trasplantológicas, jerarquizando a la población sin cobertura formal, en las diversas etapas de pretrasplantes, trasplantes y postrasplantes de órganos, tejidos y células de origen humano, incluida la inmunosupresión; así como también cubrir las erogaciones que demande el cumplimiento de la Ley nacional de Trasplante de órganos, tejidos y células” (Ley N° 27.447).
En su articulado, el proyecto establece que “el Centro Único Coordinador de Ablación e Implante Tierra del Fuego (CUCAI - TDF) destinará prioritariamente el producido del fondo creado por la presente Ley a los objetivos descriptos de la Ley Nacional 27.447.
Además, atenderá los gastos de las personas carentes de cobertura social "en las diversas etapas que incluyen el pretrasplante, el trasplante y el postrasplante, incluida la inmunosupresión”.
También, la norma propuesta fija como requisito para acceder a los beneficios del fondo, que “los beneficiarios de las prestaciones del FoTDFT deberán acreditar residencia inmediata en la Provincia no menor a dos (2) años. Si el paciente es menor de dos (2) años de edad, al menos uno de los progenitores o su representante legal debe cumplir tal condición”.
Cabe recordar que la Ley nacional es clara en cuanto a que “tiene por objeto regular las actividades vinculadas a la obtención y utilización de órganos, tejidos y células de origen humano, en todo el territorio de la República Argentina, incluyendo la investigación, promoción, donación, extracción, preparación, distribución, el trasplante y su seguimiento”.