domingo 20 de abril de 2025 - Edición Nº3135
Critica Sur » Sociedad » 26 nov 2016

Gobierno propone crear una Sociedad del Estado con radios y canales públicos

“Radio y Televisión Fueguina” es el nombre que propone el Gobierno para fusionar las radios y canales estatales en una sola empresa, bajo la figura de Sociedad del Estado. El proyecto fue enviado a la Legislatura y ya hubo reuniones entre trabajadores, alertados por la iniciativa.


De acuerdo a un proyecto de Ley enviado a la Legislatura, el Gobierno impulsa la creación de la “Radio y Televisión Fueguina Sociedad del Estado (RTF SE)” fusionando así en una misma empresa a las radios y canales que hoy dependen exclusivamente del Estado.

Es decir: Radio Pública Río Grande 101.7; Radio Fundación Austral Ushuaia 103.1; LU 88 TV Canal 13 Río Grande y LU 87 TV Canal 11 Ushuaia.

Según la iniciativa, esta Sociedad del Estado tendrá a su cargo “la administración, operación, desarrollo y explotación de los servicios de radiodifusión sonora y televisiva del Estado Provincial”, por lo que será la “continuadora de todos los trámites de adjudicación de frecuencia y servicios de radiodifusión iniciados y prestados” por ambas emisoras radiales y televisivas.

“El presente proyecto de ley, responde a la necesidad de garantizar la modernización de los medios radiales y televisivos del Estado Provincial, para lo cual se propone actualizar el régimen jurídico y administrativo que los rige”, explica la iniciativa.

En ese sentido, se explica que “la modificación del régimen jurídico y administrativo de los medios públicos radiales y televisivos permitirá una mayor proyección a lo largo del tiempo, especialmente frente al llamado "apagón analógico" que llevará adelante nuestro país en el año 2018”.

“La creación de una Sociedad del Estado a cargo de los medios públicos, tal cual se proyecta en el presente, cuenta con importantes antecedentes en muchas provincias, así como en el Estado Nacional. Estas experiencias nacieron de la necesidad de asegurar el correcto desarrollo de la explotación de los servicios radiales y audiovisuales públicos”, remarca el proyecto en sus fundamentos.

Continuidad laboral del personal

En uno de sus párrafos, el proyecto hace mención especial del personal que se desempeña actualmente en radios y canales públicos, remarcando que “los mismos quedarán incorporados de pleno derecho a RTF S.E., reconociéndoseles sus derechos relativos a estabilidad, sueldo, antigüedad, escalafón y categoría que tuvieren al momento del traspaso, manteniéndose asimismo el mismo régimen asistencial y de jubilaciones y pensiones”.

Los cambios que se proponen

Según el proyecto, Radio y Televisión Fueguina (RTF SE) deberá difundir “como mínimo un 60% de producción propia y un 20% de producciones independientes locales en todos los medios a su cargo.

Asimismo, ya no dependerá de ningún área del Estado provincial como ocurre actualmente, sino que estará conformada por un Directorio de tres miembros: un Presidente y un Director designados por el Poder Ejecutivo, y un Director a propuesta del Sindicato, que represente en forma mayoritaria a los trabajadores de la Sociedad del Estado. Tendrán un mandato de 4 años y podrán ser reelegidos por un período.

Los integrantes del Directorio “deberán ser personas que acrediten calificación profesional en materia de comunicación, derechos humanos o administración y poseer una democrática y reconocida trayectoria”, especifica el proyecto.

Entre las atribuciones y obligaciones del Directorio se detallan, entre otros: dictar reglamentos para su propio funcionamiento; promover la aprobación de un código de ética y establecer los mecanismos de control a efectos de verificar transgresiones a sus disposiciones; designar al personal de acuerdo a pautas y procedimientos de selección objetivos, que aseguren la mayor idoneidad profesional y técnica, en base a concursos públicos y abiertos de antecedentes, oposición o de proyecto y removerlos.

Además, deberán elaborar anualmente un plan de gastos y recursos; aprobar programaciones, contratos de producción, coproducción y acuerdos de emisión; realizar controles y auditorías internas y supervisar la labor del personal superior, así como dar a sus actos difusión pública y transparencia en materia de gastos, nombramiento de personal y contrataciones.

Financiamiento y recursos

Sobre las actividades de “Radio y Televisión Fueguina”, el proyecto de Ley establece que se financiarán con asignaciones presupuestarias atribuidas en la Ley de Presupuesto; venta de publicidad; la comercialización de su producción de contenidos audiovisuales; auspicios o patrocinios, así como “legados, donaciones y cualquier otra fuente de financiamiento” aprobadas por el Directorio.

“Los fondos recaudados serán inembargables, salvo en relación a créditos laborales reconocidos por sentencia firme con autoridad de cosa juzgada”, detalla el proyecto.

Controles

La “correcta inversión de los fondos” de la Sociedad del Estado que propone el Gobierno será controlada por el Tribunal de Cuentas de la Provincia, que además realizará “auditorías anuales y la verificación del cumplimiento de los reglamentos de contratación y de compras” que se establezcan a partir de la sanción de este proyecto.

“Es obligación permanente e inexcusable del Directorio dar a sus actos la mayor publicidad y transparencia en materia de recursos, gastos, nombramientos de personal y contrataciones, sin perjuicio de la sujeción al régimen de ejecución presupuestaria provincial”, remarca la iniciativa.

¿Por qué una Sociedad del Estado?

La figura elegida por el Gobierno se rige por la Ley Nacional 20.705, sancionada en 1974, y de acuerdo a esta normativa “en ningún caso las sociedades del Estado podrán transformarse en sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria ni admitir, bajo cualquier modalidad, la incorporación a su capital de capitales privados”.

Las Sociedades del Estado tampoco se pueden declarar “en quiebra”, a menos que exista una autorización legislativa. En ese caso, el Poder Ejecutivo podrá “resolver la liquidación de una sociedad del Estado”.

En la ley Nacional 20.705 las sociedades del Estado son entidades descentralizadas, que tienen así patrimonio y personería jurídica propia, y se caracterizan por ser entes íntegra y expresamente estatales sometidos principalmente al derecho privado.

Si bien no pierde so condición estatal “está sometido a un régimen mercantil común, que persigue la idea de otorgar mayor autonomía, transparencia y agilidad a las empresas públicas”.

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