JUICIO AL COMISARIO WHATSAPP
Condenaron a Marcelo Guerrero a un año y medio de prisión en suspenso
El Comisario Juan Marcelo Guerrero Oyarzo fue condenado este miércoles 17 de abril a cumplir la pena de 1 año y 6 meses de prisión en suspenso e inhabilitación especial por 3 años.
El tribunal unipersonal integrado por el juez Correccional del Distrito Judicial Norte, Doctor Pablo Martín Bramatti lo consideró autor material y penalmente responsable del delito de omisión de auxilio a autoridad civil competente, cometido en la ciudad de Río Grande, entre los días 15 y 16 de mayo de 2017, en perjuicio de la Administración Pública (conforme artículos 20, 26, 45 y 250 del Código penal).
Tras el juicio oral se ordenó que Guerrero Oyarzo cumpla por el término de 3 años las siguientes reglas de conducta: a) fijar residencia, b) someterse al cuidado del Patronato de Liberados (artículo 27 bis del Código Penal).
El Tribunal dará a conocer los fundamentos del veredicto el próximo 24 de abril a las 20.
El Oficial de Policía de la Provincia de Tierra del Fuego fue acusado del delito de omisión de auxilio a la autoridad civil, al haber omitido sin causa justificada la prestación de auxilio legalmente requerido por la Fiscalía y el Juzgado de Familia del Distrito Judicial Norte.
La causa
Guerrero se hizo conocido como el “Comisario Whatsapp”, ya que en la Comisaría Quinta, en el barrio de Chacra XIII, había instrumentado esa red social con los vecinos, como medio de prevención del delito, lo cual trascendió incluso en algunos medios nacionales, que se hicieron eco de la novedad y de los buenos resultados que para los vecinos tenía esa herramienta.
Como Jefe de la Comisaría Quinta, el Comisario Marcelo Guerrero había recibido una orden del Juzgado para que exista una consigna en el domicilio de una mujer que era acosada por su expareja.
Apremiado por la falta de personal y para no desatender la prevención en el resto del vecindario, el comisario Guerrero había acordado con la mujer retirar la consigna cada vez que se ausentaba para ir a trabajar, disponiendo la misma cada vez que llegaba a su vivienda.
Sin embargo, un día la mujer regreso a su casa, sin dar aviso de esto al Comisario y se encontró en la vivienda con su expareja, con quien discutió y luego, según la denuncia de la víctima, habría sido abusada sexualmente; hecho por el cual se inició la causa penal contra Guerrero, por presunta desobediencia de una orden judicial.
El Comisario “Whatsapp” fue pasado a disponibilidad desde que fue imputado en la causa penal y separado de su función en la fuerza policial. Conocida esta medida, algunos pocos vecinos reclamaron por esa decisión ante las autoridades policiales, pero la determinación era de la esfera judicial.
En el procesamiento que quedó firme, el juez de Instrucción de la causa, Cesari Hernández, sostuvo que “el dolo en el presente caso, se evidencia desde el efectivo conocimiento que tuvo el autor de hallarse realizando una conducta diferente a la que conocía que debía realidad, de modo que la voluntad de acción se halla implícita en aquel conocer, sin resultar necesario demostrar esta última”.
Subrayó que “haber instrumentado un procedimiento en cuyo marco la presencia policial resultaba intermitente y dependiese de su coordinación con la persona a proteger, quien debía informar los momentos del día que se encontraba en su vivienda, en contraste con la única modalidad admitida por la Policía para una consigna domiciliaria, constituyó un acto irregular que por su magnitud debe considerarse la efectiva omisión de la conducta debida”.
Como agravante de la omisión incurrida por Guerreo, fue el hecho que sucedió el 16 de mayo del año pasado en el domicilio de la víctima, donde irrumpió su ex pareja y la violó, caso por el cual fue procesado y detenido por autor del hecho, en una causa judicial que ya fue elevada a juicio oral y público.
La joven denunciantes, declaró como testigo en el caso contra el comisario Guerrero y sostuvo ante el Juez que “si el día 16 de mayo de 2017 hubiese habido personal policial en la puerta de su domicilio” su ex pareja “no hubiese podido ingresar”.