Paridad de Género
Movimiento de Mujeres de Ushuaia pidió la "inconstitucionalidad" de un fallo de la Justicia
Amparistas del Movimiento de Mujeres de Ushuaia presentaron ante el Superior Tribunal de Justicia (STJ) un recurso extraordinario de casación e Inconstitucionalidad contra la sentencia de la Cámara de Apelaciones que revocó el fallo vertido por el Juzgado Electoral de primera instancia a cargo del Dr. Aramburu.
Este viernes en horas del mediodía, las amparistas del Movimiento de Mujeres de Ushuaia nos hicimos presentes en mesa de entradas del Superior Tribunal de Justicia a fin de ingresar el Recurso Extraordinario de Casación e Inconstitucionalidad en el que estuvimos trabajando a fin de revertir la sentencia de la Cámara de Apelaciones del pasado 10 de septiembre, que había revocado el fallo vertido por el Juzgado Electoral de primera instancia a cargo del Dr. Aramburu.
El Concejo Deliberante de Ushuaia, demandado en autos, había interpuesto el Recurso de Apelación contra la sentencia que hacía el lugar al amparo colectivo por discriminación presentado por el Movimiento de Mujeres, y ello motivó la intervención de la Cámara.
Cabe recordar, que dicho amparo se enmarca en la lucha que llevamos adelante las mujeres de la ciudad de Ushuaia para lograr la paridad en las bancas del Concejo Deliberante de Ushuaia, el cual actualmente está compuesto en su totalidad por concejales hombres. En este sentido hace casi un año y medio presentamos un proyecto para agregar un bis al artículo 36 de la ordenanza 2578 que regula nuestro sistema electoral a fin de conjugar el principio de paridad a la hora de designar las bancas en el orden dictado por las preferencias.
Las amparistas paritaristas planteamos la casación o anulación de la sentencia, por los errores de derecho de fondo en los que incurrió la mayoría de la Cámara Civil, con el voto de los Dres. De la Torre y Dra. Josefa Haydee de Martín, ya que entendemos que la misma tuvo características inconstitucionales y inconvencionales, profundizando la situación de discriminación y violencia política que atraviesan las mujeres de la ciudad.
En la sentencia mencionada, lxs camaristas realizaron un análisis con elementos de arbitrariedad, contradicción y afirmaciones dogmáticas, opinando de la cuestión de fondo como si nunca hubiera existido la sentencia que hacía lugar al reclamo de las amparistas paritaristas, fallando en la revisión de sus argumentos y eligiendo ignorar la inequívoca y contundente suma de normativa local, nacional, regional e internacional que indica el principio de paridad como fundamental para las democracias igualitarias.
Además destacamos que una vez más nos topamos con el argumento clásico patriarcal que promueve que el principio de paridad vulnera la soberanía popular y la decisión mayoritaria, el cual no es explicado en la sentencia y que, salvo en el voto minoritario del Juez Loffler, no arroja luz sobre la cuestión arbitraria de que actualmente tenemos un 15% del electorado decidiendo el orden de las listas de candidatxs que ocuparán las bancas por encima de lo expresado por el restante 85% del mismo, lo que también da cuenta de la vulnerabilidad del sistema electoral en materia de igualdad real en la representación política y termina volviendo endebles los argumentos mencionados contra la paridad.
Por último, las paritaristas ponemos de relieve que las medidas de acción positiva relativas a la paridad de género en los ámbitos de representación políticas constituyen un estándar federal, obligatorio y operativo, y que la situación actual en el Concejo Deliberante está en violación de la Ley 24012 de Cupo Femenino y la Ley 27412 de Paridad de Género, ambas
vigentes y materializando lo manifestado en el artículo 37 de la Constitución Nacional que garantiza la participación igualitaria en cargos electivos indicando medidas de acción positiva en partidos políticos y régimen electoral. Además, dicha norma tiene una disposición transitoria que determina el plazo para dichas medidas de acción afirmativa hasta que las mismas no sean necesarias.
Es por todo estos motivos que nos presentamos ante el Superior Tribunal de Justicia, con la esperanza de ser escuchadas, con la certeza de persistir hasta alcanzar la paridad efectiva en las bancas, porque sin mujeres no hay democracia, situación que tiñe de vergüenza a todo el sistema político argentino. Hoy, es el máximo organismo judicial de la Provincia el que tiene en sus manos la posibilidad de hacer historia.