domingo 23 de junio de 2024 - Edición Nº2834
Critica Sur » Provincia » 21 jun 2018

AREF

Amplían el vencimiento de Ingresos Brutos para aliviar a comercios ante el pago de aguinaldos

La medida buscar acompañar a los comercios que deben afrontar el pago de aguinaldo. La medida se suma al anuncio del BTF de una nueva línea de créditos para comercios y PyMEs. "Desde el gobierno entendemos que hay que arbitrar los medios para no resentir la actividad económica y ayudar a atravesar este proceso”, dijo el titular de la AREF, Luis Capellano.


La Agencia de Recaudación Fueguina ( AREF), informo que si bien, el vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada del impuesto sobre los Ingresos Brutos, correspondiente a los contribuyentes del Régimen Local del mes de Junio operara de acuerdo al calendario fijado; el pago se extenderá , con el fin de dar un mayor plazo, debido a que las actividades del régimen local, en este mes pagan el aguinaldo.
 
Esta medida adoptada por el organismo recaudador, tiene concordancia con la anunciada por el Banco de Tierra Del Fuego,  que días atrás informo sobre el lanzamiento de una línea de créditos para que comercios y pymes paguen el  aguinaldo, intenta acompañar.
 
En relación a la medida, el Director de la AREF, Luis Capellano señaló que esta medida “fue impulsada por la gobernadora Rosana Bertone para acompañar a los comerciantes y a nuestras empresas en un momento complejo para el país y en un mes particular en el que se debe afrontar el pago de aguinaldo de los empleados. En el mismo sentido, venimos coordinando el trabajo con el Banco de Tierra del Fuego en la línea de créditos para comercios que fue anunciada y que se lanzará la próxima semana. Desde el gobierno entendemos que hay que arbitrar los medios para no resentir la actividad económica y ayudar a atravesar este proceso.”
 
El  cronograma  para la presentación y/o pago es el siguiente:
- Los contribuyentes cuyo número de inscripción termina en 0 y 1, deberán presentar la    Declaración Jurada el día 13 deJulio, mientras que el pago VEP podrán realizarlo hasta el día 23 del mismo mes.
- Los contribuyentes cuyo número de inscripción termina en 2 y 3, deberán presentar la Declaración Jurada el día 16 de Julio, mientras que el pago VEP podrán realizarlo hasta el día 26 del mismo mes.
- Los contribuyentes cuyo número de inscripción termina en 4 y 5, deberán presentar la Declaración Jurada el día 17 de Julio, mientras que el pago VEP podrán realizarlo hasta el día 27 del mes.
- Los contribuyentes cuyo número de inscripción termina en 6 y 7, deberán presentar la Declaración Jurada el día 18 de Julio, mientras que el pago VEP podrán realizarlo hasta el día 30 del mes.
- Los contribuyentes cuyo número de inscripción termina en 8 y 9, deberán presentar la Declaración Jurada el día 19 de Julio, mientras que el pago VEP podrán realizarlo hasta el día 31 del  mes.

OPINÁ, DEJÁ TU COMENTARIO:

NEWSLETTER

Suscríbase a nuestro boletín de noticias

VIDEOS