viernes 19 de abril de 2024 - Edición Nº2769
Critica Sur » Provincia » 8 dic 2017

sera tratado en la ultima sesion del año

Ingresó a la Legislatura el proyecto de reforma fiscal que impulsa el Gobierno

El Gobierno presentó en la Legislatura el proyecto de reformas al Código Fiscal provincial, que estipula –entre otros aspectos- una reducción de la alícuota de la Tasa de Verificación de Procesos Productivos que paga la industria electrónica. Para el sector implica una reducción de $700 millones, siempre y cuando mantenga el mismo nivel de empleo existente al día 16 de noviembre de 2017.


Con la firma de la gobernadora Rosana Bertone, el Ejecutivo giró a la Legislatura el proyecto de ley que propone reformas al Código Fiscal de la provincia, que estipula –entre otros aspectos- una reducción de la alícuota de la Tasa de Verificación de Procesos Productivos que paga la industria electrónica.

Para el sector implica una reducción tributaria de $700 millones, aunque se aclara que para obtener el beneficio de la reducción de la alícuota, las empresas “deberán mantener el mismo nivel de empleo registrado al día 16 de noviembre de 2017”, detalla la propuesta.

De este modo, el proyecto establece que esa reducción pase del 1,10% actual al 0,90% a partir del año fiscal 2021.

Entre los fundamentos de las reformas propuestas, la gobernadora Bertone sostiene que “a fin de asegurar la prestación de los distintos servicios esenciales que debe brindar el Estado provincial, resulta indispensable contar con un flujo constante de recursos, para lo cual constituye una cuestión esencial el resguardo del crédito fiscal y la dotación de medidas que posibiliten un mayor control por parte del Fisco sobre la capacidad impositiva de los contribuyentes y responsables”.

En ese sentido, el proyecto establece “que el traslado o transporte de bienes en el territorio de nuestra Provincia deberá encontrarse amparado por un Código de Operación de Traslado o Transporte, cualquiera sea el origen y destino de los bienes”.

“Además, se establece que dicho código deberá ser obtenido por los sujetos obligados a emitir comprobantes que respaldan el traslado y entrega de bienes, o por el propietario o poseedor de bienes, en forma gratuita, previo al traslado o transporte por el territorio de la Provincia, mediante el procedimiento y en las condiciones que establezca la Agencia Recaudación Fueguina (AREF)”, agrega la mandataria.

La implementación de ese nuevo Código de Operación de Traslado o Transporte “tiene por finalidad permitirle a la Agencia Tributaria obtener información detallada de cada operación de transporte que tenga origen o destino en el territorio de la Provincia, a fin de estimar el flujo físico de bienes en tránsito dentro de sus límites territoriales, pudiendo así controlar y determinar con mayor eficacia el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los sujetos responsables involucrados en cada operación”.

El Gobierno pretende así “reducir la evasión fiscal y el transporte ilegal de mercaderías, simplificando el procedimiento de control”.

Por otra parte, el proyecto de ley propicia la incorporación de un artículo a través del cual los terceros quedan formal y sustancialmente obligados a suministrar a la Agencia de Recaudación Fueguina (AREF) “ante su requerimiento, todos los informes que se refieran a hechos que en el ejercicio de sus actividades comerciales o profesionales han debido conocer y que constituyen o modifican hechos imponibles, salvo en el caso del secreto profesional”.

“Esta obligación es similar a la contenida en el artículo 95 del Código Fiscal que rige para los agentes de la Administración Pública Provincial, Municipal y Magistrados y funcionarios del Poder Judicial. Asimismo, se prevé incorporar una aclaración al artículo 11, vinculada al deber de secreto fiscal que impone el Código Fiscal, en virtud de la cual se establece que dicho secreto cede ante el pedido de informes requeridos de manera circunstanciada y fundada por parte de otro organismo de la Administración Pública”, sostiene la Gobernadora.

Y agrega: “Con ello se pretende asegurar que los datos que se obtienen puedan ser utilizados por las distintas áreas del Estado en la consecución de sus funciones específicas, permitiendo, por ejemplo, analizar y proyectar medidas de acción o políticas públicas a implementar en conjunto”.

La iniciativa propicia también la incorporación de la figura del Agente Fedatario “en virtud de contar con mayores y mejores facultades de verificación y fiscalización en tiempo real respecto de los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos”.

“En este sentido, el Fisco contará con herramientas eficaces para detectar conductas fiscales evasivas tales como la no emisión y/o no entrega de comprobantes que documenten las operaciones de ventas o de locaciones de obras y servicios, entre otras obligaciones de carácter formal cuya importancia resulta crucial para la recta percepción de la renta pública”, detalla.

A su vez, se propone la eliminación del quinto párrafo del artículo 62 de la Ley 1075 del Código Fiscal, “en cuanto el mismo establece que el fiscalizado, en el marco de proceso determinativo de la obligación tributaria, no podrá ofrecer otros medios de prueba ni acompañar nueva documental que no hubiera sido ofrecida o acompañada al momento de presentar el descargo”.

“De este modo, se da plena eficacia al derecho al debido proceso adjetivo y defensa, procurando así, alcanzar la verdad material de la obligación tributaria”, señala.

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