viernes 19 de abril de 2024 - Edición Nº2769
Critica Sur » Legislatura » 4 sep 2018

PROYECTO

Con una Ley buscan frenar los cortes de gas y electricidad durante el invierno

El proyecto del Movimiento Popular Fueguino propone que durante la temporada invernal las empresas comuniquen previamente a las autoridades en materia de defensa del consumidor sobre la interrupción del suministro a los usuarios. Se busca “atender a la necesidad humanitaria urgente de familias que no sólo se ven afectados por las elevadas tarifas, sino por las decisiones –en algunos casos intempestivas- de las empresas prestadoras de los servicios”.


La Legislatura fueguina abordará en comisión el proyecto del MPF que propone que durante la “temporada invernal, en forma previa a la suspensión o interrupción del suministro domiciliario de electricidad y gas natural por falta de pago, las empresas prestadoras deberán comunicar la situación a la autoridad administrativa competente en materia de defensa del consumidor correspondiente al domicilio del usuario”.

Además, entre los fundamentos, sostienen que “resultan de dominio público, los importantes ajustes que se realizan en los cuadros tarifarios de los servicios públicos, a partir de la eliminación paulatina de subsidios dispuesta por el Gobierno nacional”.

De este modo, también manifiestan que, no se pretende abordar la cuestión de fondo sobre la “política energética y tarifaria de la Nación”.

“Atender a la necesidad humanitaria urgente de los usuarios consumidores y de sus familias, que no sólo se ven afectados por las elevadas tarifas, sino por las decisiones –en algunos casos intempestivas- de las empresas prestadoras de los servicios”, agrega.

Desde el MPF, buscan que distintos sectores se involucren a partir de la sanción de este proyecto de Ley.

En este sentido y “conforme a las particulares circunstancias del caso, podrá darse igualmente intervención a las oficinas administrativas competentes en materia de asuntos sociales, y en materia de protección de la niñez, adolescencia y la familia”, en el caso de corresponder. Con el fin, que “las mismas puedan adoptar las medidas necesarias para la protección de las personas que pudieran verse afectadas para la eventual suspensión o interrupción del suministro del servicio público domiciliario”.

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