viernes 19 de abril de 2024 - Edición Nº2769
Critica Sur » Sociedad » 5 jul 2018

SOCIEDAD

Las claves para saber qué cambiará en la donación de órganos gracias a la “Ley Justina”

La iniciativa se aprobó ayer en el Congreso. Qué repercusiones tendrá en la práctica.


Ayer la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad la Ley de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células, conocida como "Ley Justina" en homenaje a una nena de 12 años que falleció esperando un trasplante de corazón.
 
La iniciativa obtuvo sanción definitiva por 202 votos afirmativos. El texto había obtenido media sanción en el Senado el pasado 30 de mayo, el Día del Donante de órganos. Se espera que la norma sea reglamentada en 90 días, momento en el cual entrará plenamente en vigencia.
 
Entre los puntos más importantes, se destaca que de ahora en más las personas mayores de edad serán donantes, a menos que dejen constancia expresa de lo contrario.

Las claves

-Tiene en cuenta los derechos de donantes y receptores a la intimidad, privacidad y confidencialidad, a la integridad, a la información y al trato equitativo e igualitario. 

-Antes la confidencialidad era solo hacia el donante, ahora también se incluye al receptor.

-Se incorpora la Donación Renal Cruzada. Se da cuando un persona en lista de espera tiene un familiar que quiere ser su donante pero no es compatible. En ese caso, la dupla ingresa a una lista y si encuentran otra pareja en la misma situación se puede hacer un trasplante cruzado.

-Se mantiene la manifestación de voluntad expresa negativa o afirmativa a la donación de órganos para los mayores de 18 años. Debe ser expresada por escrito en ambos casos.

-Donantes presuntos. Se mantiene la posibilidad de realizar la ablación de órganos y/o tejidos sobre toda persona capaz mayor de 18 años, que no haya dejado constancia expresa de su oposición a que después de su muerte se realice la extracción de sus órganos o tejidos.

-En la ley anterior, cuando la persona no había dejado por escrito expresada su voluntad, la familia era la que terminaba tomando la decisión. Ahora, se exime a los parientes de toda responsabilidad.

-Incluye una reglamentación para el trasplante de médula que la ley anterior no tenía en cuenta.

-Se reduce el tiempo de certificación de muerte cerebral. Antes había que esperar 6 horas para hacer la ablación. Ahora, si hay un diagnóstico completo de muerte cerebral firmado y confirmado se sigue con el procedimiento. Se dispone como hora del fallecimiento del paciente aquella en que se completó el diagnóstico de muerte.

-Se establece tiempo límite de 4 horas en los casos judicializados porque hay provincias en las que los jueces demoran en expedirse y se pierde la oportunidad de hacer una ablación. Se exige que cuando el cuerpo salga del quirófano se haga la necropsia inmediatamente.

-Se prevé la creación de Servicios de Procuración dentro de hospitales públicos y privados. Deberán tener un sector destinado a la donación de órganos y tejidos, que permita garantizar la correcta detección, evaluación y tratamiento del donante.

-Tiene un apartado comunicación responsable: para que la información llegue en forma correcta, clara y científicamente comprobada.

-Se establece la prioridad de traslado aéreo y terrestre de los pacientes con operativos en curso.

-En el caso de los menores de edad, se posibilita la obtención de autorización para la ablación por ambos progenitores o por aquel que se encuentre presente.

 

NOTICIAS RELACIONADAS

OPINÁ, DEJÁ TU COMENTARIO:

NEWSLETTER

Suscríbase a nuestro boletín de noticias

VIDEOS